División de Estudios
La Subsecretaría del Interior ha iniciado un proceso de modificación al Decreto Supremo Nº 1.358. En este contexto, nos interesa contar con sus comentarios acerca de las disposiciones que en su opinión requieren de una reforma.
Para este fin, agradecemos que desde el miércoles 18 de julio hasta el día 05 de Octubre de 2012 ingrese a [MODIFICACIONES DS. 1358] . Si requiere revisar el texto del actual reglamento visite la sección “Leyes y Reglamentos” de esta página. Mayores antecedentes en sección “Noticias”.
ÁREA DE SUSTANCIAS QUÍMICAS CONTROLADAS
Esta área, a través de su Registro Especial de Usuarios de Sustancias Químicas Controladas, recoge la información de todos los movimientos con sustancias químicas de uso potencial para la fabricación de drogas ilícitas realizados por las empresas cuyo trabajo implica su manipulación
Con este instrumento, el Gobierno de Chile cumple dos metas:
A) Cumple con lo establecido en la ley 20.000 sobre control de sustancias químicas utilizadas para fabricar drogas ilícitas.
B) Acoge plenamente las recomendaciones de la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas de 1988.
- Objetivo
- Control
- Principales Sustancias
- Leyes y Reglamentos
- Listado Sustancias Químicas Controladas
- Requisitos de Inscripción en Registro Especial de Usuarios de Sustancias Químicas Controladas
- Renovar inscripción
- Empresas inscritas
- Obligaciones de Empresas Inscritas
- Preguntas Frecuentes
- Noticias
- Declaración Voluntaria: Adopción de medidas de vigilancia de sustancias químicas controladas
